miércoles, 27 de mayo de 2015

Cámara de los lores

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La Cámara de los Lores no se incluyó dentro de la Suprema Corte de Justicia a través de las leyes de judicatura, debido a la oposición del Par-lamento en virtud del carácter hereditario de esa Cámara; su jurisdicción como corte final de apelación se estableció en la Ley de Jurisdicción de Apelaciones de 1876, que también le otorgó, a la Cámara jueces experimentados, es decir, pares vitalicios con experiencia legal. Las Leyes de Judicatura de 1873-1875 se consolidaron en la Ley de la Suprema Corte de Justicia de 1925; esta ley fue derogada por la Ley de la Suprema Corte de Justicia de 1981 en la cual se reafirma la posición anterior al establecer que la Suprema Corte de Inglaterra y Gales estará formada por la Corte de Apelaciones, la Alta Corte de Justicia y la Corte de la Corona y que el Lord Canciller será el presidente de la Suprema Corte. El papel judicial de la Cámara de los Lores es anterior al papel legislativo. Pero pocas de sus funciones judiciales iniciales como parte de la Curia Regís sobreviven. Actualmente su función principal es la de ser la Corte de Apelación más alta. Las decisiones de la Cámara de los Lores antes del siglo XIX, generalmente eran dictadas por miembros de la misma, pero que no eran abogados. Actualmente permanece la posibilidad en teoría de que la totalidad de la Cámara de los Lores pueda escuchar de apelación, incluyendo los miembros legislativos y judiciales. Pero en la práctica las decisiones son ahora dictadas por el Comité de Apelación de la Cámara de los Lores, que incluye solamente miembros profesionales. El Comité de Apelación está integrado por el Lord Canciller y por los lores de apelación, llamados Lores de la Ley (Law Lords).



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